La implementación de la CURP biométrica en México ha generado dudas entre la población, especialmente sobre si será obligatoria para realizar trámites ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y otras dependencias públicas.
Desde que se anunció que la CURP biométrica podría convertirse en una identificación oficial válida en todo el país, miles de personas se han preguntado si deberán tramitarla de manera obligatoria para acceder a servicios o realizar gestiones gubernamentales.
En el artículo 91 Bis, se establece que la CURP será un documento obligatorio, disponible tanto en formato físico como digital.
Además, el artículo 91 Sexies señala que toda entidad pública o privada deberá solicitar la CURP para la prestación de servicios o la realización de trámites.


